Obra Social De La Actividad Minera
![Horario de atención Horario de atención](/images/editor_reloj.png)
Personal que Nuclea:
Trabajadores subordinados no jerárquizados-obreros y empleados cualquiera fuera su profesión, categoría u oficio- en relación de dependencia de las empresas comprendidas en el art. 1° del Código de Minería de la República Argentina, es decir las que se ocúpan de la exploración, explotación y aprovechamiento de sustancias minerales, de las fábricas de cemento portland, cemento blanco y especiales, fábricas de cal, moliendas de minerales, piedra mica, balastro, pedregullo, amianto, arcilla, carbón, carbón-coque, huesos, molienda de cualquier mineral destinado a la fabricación de pintura, canteras de caliza, arena, canto rodado, mármol, arcilla, conchilla, alabastro y todo tipo de piedra, arena de río, tosca, explotación extractiva de yacimientos minerales, ya sea en galerías o rajos abiertos, comprendiendo las rocas de aplicación, canto rodado, lajas, yeso, granito, sustancias y arenas metalíferas, piedras preciosas, uranio y las producciones minerales de naturaleza pétria o terrosa, la trituración de los productos antes mencionados y en general todas las demás empresas que se ocupan de la elaboración primaria de las referidas sustancias minerales y sus respectivos grupos familiares primarios, conforme lo determina la Ley de Obras Sociales.